La licencia de apertura expréss es el nombre que hace referencia a las nuevas licencias de apertura y actividad desde que entro en vigor de la Ley 19/2012 se simplificaron y agilizaron los tramites municipales para poder realizar la apertura de un negocio.
Los ciudadanos puedan abrir al público sus negocios más rápido, evitando la mayoría de los trámites administrativos existentes hasta la fecha, reduciendo la espera por la que había que pasar hasta que el Ayuntamiento daba su visto bueno para realizar la apertura de cualquier actividad.
Ahora solo bastará con una simple comunicación previa realizada al Ayuntamiento.
Como dijimos anteriormente, cuando el Gobierno aprobó en 2012 el Real Decreto Ley 19/2012 por el que liberalizó la apertura de comercios hacen eco a los negocios con unas instalaciones inferiores a 300 m² no necesitan de licencias municipales para su apertura, bastará con una declaración responsable de cumplimiento de la normativa vigente, para poder abrir sus puertas al público.
Dicho esto y con la nueva normativa, a las licencias de Medio Ambiente, Seguridad y Salud se eliminaran las largas colas de espera a las licencias municipales de apertura y de actividad, bastará con presentar un proyecto de un técnico especializado y la declaración responsable del cumplimiento de la ley vigente, pudiendo así ahorrarnos la espera a la aprobación del ayuntamiento para abrir las puertas del negocio.
Al cambiar de titular o de alteración en las instalaciones, no serán necesarias esperas ni nuevas licencias, aunque deberán de actualizar la documentación de las instalaciones.
Sólo será necesario contar con la documentación necesaria, la misma que se tiene que presentar para solicitar la aprobación de las licencias, por si en algún momento llegará una inspección.
Qué actividades no pueden solicitar la licencia de apertura expréss
De forma taxativa ninguna de las siguientes actividades podrán acogerse a este procedimiento:
- Las actividades que se desarrollen en establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación del dominio público.
- Las actividades que requieran obra mayor.
- Las actividades que no se encuentren incluidas en el Anexo del Real Decreto-ley 19/2012.
Qué necesito para tramitar la licencia exprés
Lo primero de todo, necesitarás saber que la actividad que vas a realizar se encuentren incluidas en el Anexo del Real Decreto-ley 19/2012.
Si se encuentra incluida, ahora deberás entregar la siguiente documentación:
- Solicitud de Comunicación Previa.
- Solicitud de Declaración Responsable, es la que el propietario de un negocio que elige la declaración responsable para la apertura del mismo se compromete a cumplir una serie de obligaciones en el ejercicio de su actividad comercial.
- Modelo de Auto-liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos. Aquí tendremos que indicar la cuota tributaria según la ordenanza reguladora de tasa por licencia de apertura de establecimientos.
- Si vamos a realizar obras menores para el acondicionamiento del establecimiento, como pudieran ser los baños, un almacén o la misma entrada por ejemplo, el solicitante deberá presentar un presupuesto firmado por la empresa constructora.
Tendrá que estar pagado el permiso de obras, Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y la Tasa correspondiente a cada Ayuntamiento, y la tasa de ocupación o corte de de vía publica.
Una vez entregada en el Ayuntamiento toda esta documentación, se podrá proceder a la apertura de la actividad (art. 5 RD Ley 19/2012).