Bono social eléctrico

Bono social electrico | Parautonomos

El Gobierno ha extendido el derecho a acogerse al Bono popular eléctrico a los autónomos que hayan visto suspendida su actividad o achicada su facturación a raíz de la crisis del COVID-19. De esta forma, los trabajadores por cuenta propia van a poder acogerse en funcionalidad de determinados umbrales establecidos en el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Ojo, hay que tomar en cuenta que ésta además es una asistencia popular y , por consiguiente, y hasta nuevo anuncio, se necesita un certificado de cese emitido por la Agencia Tributaria, y entonces, darse de baja de autónomos para entrar al Bono.

¿Qué descuentos prevé el bono popular eléctrico?

La reducción va a ser del 25% de la factura y va a poder subir hasta el 30% si algún integrante de la unidad familiar tiene una discapacidad igual o superior al 33%, es víctima de crueldad de género o víctima de terrorismo. Además las familias varias y monoparentales y aquellas que tengan algún integrante ligado. El descuento podría subir inclusive hasta el 40% si se acredita que el beneficiario es un cliente vulnerable severo o en compromiso de exclusión popular.

¿Quien puede acceder?

  • Los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad a causa del coronavirus.
  • Los trabajadores autónomos con un descenso de su facturación de un 75% de promedio respecto al semestre anterior a causa del COVID-19

¿Qué documentos hay que presentar?

Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, el solicitante tendrá que aportar :

  • Una copia del DNI o NIE,
  • Certificado de empadronamiento,
  • Libro de familia si existe una unidad familiar,
  • El certificado expedido por la Agencia Tributaria, o el correspondiente órgano competente de su comunidad, que acredite el cese de actividad del interesado.

 

Deja un comentario