Quiero darme de baja como autónomo en el (RETA).
La retirada de RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos) nos permite terminar la relación Seguridad Social – Trabajador autónomo.
¿Cómo darse de baja como autónomo?
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Selecciona el modelo 037.
- Cubre las casillas 150, 151 y 152.
- Firma y envía. Guarda el justificante de la presentación.
¿Dónde debo darme de baja?
Lo mas cómodo y rápido es por la SedeElectrónica.
¿Documentación necesaria?
- El Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- La Administración Tributaria a la que pertenece (Organismo de presentación del Impuesto de Actividades Económicas).
- Certificado Digital Personal.
- eDNI: Documento Nacional de Identidad electrónico.
Cuándo puedo darme de baja?
- Podemos solicitar la baja como máximo 3 días despues de finalizar cualquier actividad.
- También podemos solicitar la baja previamente con un periodo de antelación de hasta 60 días.
- Podemos solicitar hasta 3 veces la baja en un año habil.
- Si la solicitamos fuera de plazo , sera efectiva el último día del mes que finalice nuestra actividad.
Cuánto me va a costar?
Totalmente gratis.